Mecanismos de participación ciudadana
La
preocupación central de una democracia auténtica consiste en garantizar
que todos los miembros de la sociedad tengan una posibilidad real e
igual de participar en las decisiones colectivas. Así, cuando nuestra
Constitución establece desde su primer artículo que Colombia es una
República democrática y participativa, está asumido el reto y el
compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios
de la vida social.
Los mecanismos de
participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en
la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la
población colombiana. Todos los individuos de nuestra sociedad con
capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los
mecanismos de participación para asegurar su participación en la toma de
decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común.
El objetivo de los mecanismos de participación ciudadana es brindar
garantías y beneficios para que el pueblo colombiano pueda incidir en
cambios dentro de los sistemas judicial, ejecutivo y legislativo.
Los mecanismos brindan las siguientes garantías:
- Votar de manera privada
- Militarizar zonas para brindar seguridad a los participantes de votaciones, huelgas, paros, manifestaciones etc.
- Mostrar su inconformidad o apatía frente a un partido político o a un dirigente.
- Garantizar que las leyes se cumplan por parte del Gobierno.
Teóricamente, los beneficios que adquiere el pueblo por hacer uso de los mecanismos de participación se ven reflejados en:
- La respuesta efectiva y obligatoria por parte de los entes del gobierno.
-
El establecimiento de una relación más directa entre el Gobierno y el
pueblo. Por ejemplo, los mecanismos de participación le dan la
posibilidad a los votantes de fiscalizar si el Gobierno está cumpliendo
el programa que presentó durante la campaña y por el cual fue elegido
por la mayoría.
- Beneficios
menores, como aquellos que se les ofrece a los votantes por su sufragio,
reflejados en rebajas del precio en las pensiones, rebajas de tiempo en
el servicio militar obligatorio, días libres de trabajo, etc.
Todos
estos beneficios y garantías se brindan para que la gente no se ausente
del mundo político del país; es decir, para que, por medio de su
participación a través de estos mecanismos, esté al tanto de las
decisiones estatales que afectan sus vidas de forma positiva o negativa.
¿Cuáles son los mecanismos de participación ciudadana?
A
través de toda una serie de herramientas consagradas en la Constitución
y reguladas en las leyes nacionales, los colombianos podemos entablar
una relación directa con las autoridades públicas, dar a conocer
nuestras propuestas, presionar para que sean adoptadas, opinar sobre
asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las normas, vigilar la
conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan a todos o
sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre otras
formas de participación. Para ello, se han establecido una serie de
mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho
político fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que
cada uno pueda participar en la conformación, ejercicio y control del
poder político. La Ley 134 de 1994, que reglamenta todo lo relativo a
mecanismos de participación ciudadana, regular detalladamente: la
iniciativa popular legislativa y normativa, el referendo, la consulta
popular, la revocatoria del mandato, el plebiscito y el cabildo abierto.
Los mecanismos de participación política son los siguientes:
-
El voto, herramienta mediante la cual el ciudadano colombiano elige de
manera activa a las personas que considera idóneas para su
representación en las instituciones del gobierno (Presidencia,
vice-presidencia, Cámara de representantes, Senado, Alcaldías,
Gobernaciones, Concejos distritales y municipales, Alcaldías locales).
-
El plebiscito, herramienta utilizada por el Presidente de la República
para refrendar una decisión con la opinión del pueblo. El Presidente
anuncia el uso del plebiscito y los ciudadanos votan para apoyar o
rechazar la decisión puesta en cuestión.
-
El referendo, herramienta utilizada para convocar a los ciudadanos a la
aprobación o al rechazo de un proyecto de ley o una norma jurídica
vigente. El referendo puede ser nacional, regional, departamental,
distrital, municipal o local.
- El
referendo Derogatorio y Aprobatorio, herramienta mediante la cual se
pone a consideración de la ciudadanía la derogación o aprobación de una
ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local.
-
La consulta popular, herramienta mediante la cual se plantea una
pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional,
departamental, municipal, distrital o local, por parte del Presidente de
la República, el Gobernador o el Alcalde, para que los ciudadanos se
pronuncien al respecto. Este mecanismo puede ser utilizado para convocar
una Asamble Constituyente, con el fin de someter a consideración
popular las decisiones allí establecidas.
-
El cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales,
municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), con el
objetivo de que los habitantes puedan participar directamente en la
discusión de asuntos de interés para comunidades.
- La
Iniciativa Popular es el derecho político de un grupo de ciudadanos de
presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar
la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las
Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o
Distritales y de resolución ante las Juntas Administradores Locales
(JAL), y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades
territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el
caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o
negados por la corporación pública correspondiente.
-
La Revocatoria del Mandato es un derecho político por medio del cual
los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un
Gobernador o a un Alcalde.
- La
tutela es el mecanismo creado en el artículo 86 de la Constitución de
1991, mediante el cual toda persona puede reclamar ante los jueces la
protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales,
cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción o la omisión
de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos.
www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/poli/poli42.htm
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